La Mesa de la Cámara aprueba las bases de ayudas a la cooperación, que este año reflejan la sensibilidad hacia la población refugiada ante la crisis humanitaria en Europa

La Mesa del Parlamento, en una de sus reuniones de comienzos de la Legislatura
La Mesa del Parlamento, en una de sus reuniones de comienzos de la Legislatura

El Pleno del Parlamento aprobó el pasado mes de marzo por unanimidad de los cinco grupos políticos una declaración institucional en la que se reclamaba un plan de acogida humanitaria a los refugiados

Fecha
29/04/2016
  • La Mesa del Parlamento de Andalucía ha acordado aprobar las bases que regulan la concesión de ayudas a la cooperación y solidaridad, que este año recoge la sensibilidad hacia la población refugiada, como consecuencia de la situación de emergencia humanitaria desencadenada por la crisis de los refugiados procedentes de países en conflicto bélico.
  • Precisamente el Pleno del 17 de marzo de 2016 aprobó una Declaración Institucional, suscrita por los cinco grupos parlamentarios, ante la crisis humanitaria en la Unión Europea, por la que el Parlamento andaluz se compromete con la defensa de la paz y de los derechos humanos, manifiesta su solidaridad con todas y cada una de las víctimas de los conflictos armados, así como de los desplazados que intentan llegar a Europa, e insta a organismos internacionales competentes, en particular a la UE y al Gobierno de España, a la puesta en marcha de medidas concretas que den respuesta eficaz a las necesidades de acogida e integración.
  • Así se ha tenido en cuenta por el Parlamento de Andalucía, el Defensor del Pueblo Andaluz y la Cámara de Cuentas de Andalucía en la convocatoria de ayudas para actividades de cooperación y solidaridad con los países en vías de desarrollo en 2016, con un presupuesto total de 367.866 euros, tal y como contempla el acuerdo de la Mesa del pasado 20 de abril.
  • Desde su constitución, el Parlamento de Andalucía ha manifestado su apoyo a la cooperación y solidaridad internacional con los países en vías de desarrollo y ha participado tanto en las actuaciones de progreso autónomo de su población –en especial de la indígena– como en todas las iniciativas y acciones en favor del respeto de los derechos humanos de todos los pueblos, particularmente de los más necesitados.
  • En este sentido, diversas resoluciones aprobadas por el Pleno del Parlamento se refieren a esta solidaridad con dichos países, en concreto a la reserva del 0,7% del Presupuesto para proyectos e inversiones de esta naturaleza. En aras de los principios de publicidad, concurrencia y objetividad que demanda el ordenamiento jurídico, y como viene siendo habitual, se realiza la convocatoria pública para otorgar dichos proyectos y regular los requisitos y características de los destinatarios y las normas básicas para su concesión.
  • Podrán ser destinatarias de las ayudas y subvenciones aquellas Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD), preferentemente radicadas en Andalucía y de ámbito regional, que desarrollen algunas de las actividades a que se refiere el presente acuerdo, por sí solas o en cooperación con la contraparte del país donde se pretenda llevar a cabo la intervención. Para la concesión, deberán cumplir los requisitos establecidos en los artículos 17 y 19 de la Ley 14/2003, de 22 de diciembre, de Cooperación Internacional para el desarrollo.
  • Tendrá la condición de beneficiaria de las ayudas y subvenciones la entidad destinataria de los fondos públicos que haya de realizar la actividad que fundamenta su otorgamiento y tendrá una serie de obligaciones como la presentación de una memoria técnica y económica del proyecto.
  • Las citadas ayudas irán destinadas a sufragar los gastos que se ocasionen para la realización y ejecución, en su caso, de los proyectos o planes, que deberán llevarse a cabo en un período máximo de entre 12 y 24 meses.
  • Las solicitudes podrán presentarse hasta el 6 de junio de 2016, en el Registro del Parlamento de Andalucía o en cualquiera de los registros señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, y deberán ir acompañadas de la documentación original o copia debidamente compulsada que se requieren en las bases de la convocatoria.
  • La Mesa del Parlamento de Andalucía resolverá acerca de la concesión de las subvenciones antes del 2 de noviembre de 2016. El acuerdo de concesión deberá especificar los proyectos que se subvencionan, con su cuantía y condiciones de abono, así como la puntuación obtenida.