Se trata ésta de una función que no se encuentra explícitamente reconocida al Parlamento en el Estatuto de Autonomía, sino que responde a una construcción elaborada por un sector de la doctrina y criticada por otro, y que, no obstante, ha adquirido carta de naturaleza en el parlamentarismo actual.
Ha de entenderse por actividad o función de impulso aquella mediante la cual el Parlamento puede manifestar su posición con relación a asuntos de interés, expresando su criterio y orientando e impulsando la acción del Gobierno. Para ello cuenta con los siguientes instrumentos:
Resoluciones, que suelen adoptarse tras un debate de política general o sobre asuntos de interés general.
Mociones, derivadas de una interpelación y que han de ser congruentes con el objeto de ésta.
Proposiciones no de ley, que tienen carácter autónomo -es decir, no derivan de ningún debate previo, sino que es su formulación inicial la que produce el debate- y pueden versar sobre cualquier asunto o materia.
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Evolución de la Actividad de Impulso
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Evolución de la Actividad de Impulso
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En líneas generales puede decirse que, al igual que ocurre con las iniciativas de control, la utilización de los instrumentos de impulso ha conocido un considerable incremento a lo largo del período analizado. Las razones de este aumento son similares a las expuestas con anterioridad, a saber, la creencia de que en las actuales democracias la actividad parlamentaria no puede quedar circunscrita a la función legislativa para la que nacieron las asambleas representativas, sino que corresponde igualmente a las Cámaras contribuir en la orientación política de la sociedad trasladando al Gobierno como órgano ejecutivo tanto la percepción que de los asuntos públicos tienen los diputados y grupos parlamentarios como la formulación, en su caso, de las políticas alternativas que sustentan los grupos políticos con representación parlamentaria.
Como ha quedado expuesto en el apartado anterior, las mociones aprobadas presentan unos números discretos de 29 en la I legislatura, 35 en la II, 40 en la III, 19 en la IV, 30 en la V y 15 en la VI. Por el contrario, resulta notable el aumento de las proposiciones no de ley, que han pasado de 51 en la I legislatura a 697 (133+534) aprobadas en la VI, lo que pone nuevamente de manifiesto la creciente preferencia de los Grupos parlamentarios por esta figura, que les permite expresar la posición de su formación política haciendo visible, aunque de forma fraccionada atendiendo a la materia, un programa de gobierno alternativo cuando la iniciativa se formula desde un grupo de la oposición.
Es posible también observar en este punto cómo el trabajo en Comisión ha ido adquiriendo mayor relieve a medida que transcurren las legislaturas, ya que, mientras que en las dos primeras todas las iniciativas de esta clase -51 y 48 respectivamente- son aprobadas en Pleno, a partir de la tercera comienzan a debatirse y a aprobarse tanto en Pleno como en Comisión en una proporción de 71 a 14, que se invierte progresivamente en legislaturas sucesivas en los siguientes términos: 106 frente a 157 en la IV, 153 a 386 en la V y, finalmente, 133 a 534 en la VI legislatura. El menor formalismo y la celeridad de la tramitación en Comisión explican este cambio, de forma que se reservan para las sesiones plenarias aquellas proposiciones a las que pretende darse un mayor relieve y resonancia en los medios de comunicación.
Puede observarse en los cuadros que ilustran la evolución de la actividad de impulso cómo en las cuatro primeras legislaturas aparece una columna en la que se contabilizan las propuestas de resolución del Pleno -PRP- con unas discretas cifras de 12, 19, 16 y 25 aprobadas respectivamente en cada una de ellas, relación que desaparece en la V y VI legislaturas. Ello se explica por el hecho de que este tipo de iniciativa apenas se diferencia de la proposición no de ley, ya que ambas persiguen un pronunciamiento de la Cámara, por lo que a partir de la V legislatura se optó por tramitar unas y otras como proposiciones no de ley y reservar la denominación de "propuesta de resolución" para aquellas que se presentan tras un debate general como el del estado de la Comunidad u otros de especial relevancia.
Es importante señalar, por último, que todos estos instrumentos denominados de impulso constituyen medios idóneos para la negociación y consecución de acuerdos políticos, ya que los grupos parlamentarios distintos al autor de estas iniciativas pueden intervenir en su redacción final a través de enmiendas siempre que aquél las acepte.
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