BOPA nº 379, pag. 21279 de la VII Legislatura (16/02/2006)
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7-06/PPPL-000001, Proposición de reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía
Presentada por los GG.PP. Socialista e Izquierda Unida Los
Verdes-Convocatoria por Andalucía
Acuerdo del Consejo de Gobierno manifestando su criterio favorable a la
toma en consideración por el Pleno
Sesión de la Mesa del Parlamento de Andalucía de 15 de febrero de 2006
Orden de publicación de 15 de febrero de 2006
PRESIDENCIA DEL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA
La Mesa del Parlamento de Andalucía, en sesión celebrada el día 15 de
febrero de 2006, ha conocido el criterio favorable del Consejo de Gobierno
a la toma en consideración por el Pleno de la Proposición
7-06/PPPL-000001, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía,
presentada por los GG.PP. Socialista e Izquierda Unida Los
Verdes-Convocatoria por Andalucía.
SECRETARIADO DEL CONSEJO DE GOBIERNO
JUAN ANTONIO CORTECERO MONTIJANO, VICECONSEJERO DE LA PRESIDENCIA Y
SECRETARIO DE ACTAS DEL CONSEJO DE
GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA,
CERTIFICA
Que el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, en su reunión del día
9 de febrero de 2006, ha aprobado Acuerdo por el que se manifiesta
criterio favorable a la toma en consideración de la Proposición de reforma
del Estatuto de Autonomía para Andalucía, que a continuación se transcribe:
"El Pleno del Parlamento de Andalucía, en sesión celebrada los días 29 y
30 de junio de 2004, acordó la creación de una Ponencia de Reforma del
Estatuto de Autonomía con objeto de elaborar un informe que contuviera las
propuestas y líneas de modificación del Estatuto de Autonomía de Andalucía
con el objetivo de mejorar y profundizar el autogobierno de la Comunidad
Autónoma.
El Estatuto de Andalucía, durante todo el tiempo transcurrido desde su
aprobación, allá en el año 1981, se ha manifestado como un eficaz
instrumento de transformación y progreso, y ha permitido configurar una
Andalucía sustancialmente distinta a la de entonces en lo que a su
situación económica, social y cultural se refiere. Pero un Estatuto, como
cualquier norma fundamental, ha de afrontar nuevos retos que, una vez
salvados, permitan ofrecer mejores condiciones de vida a todos los
ciudadanos, y ha de adaptar su contenido a los cambios que se han venido
manifestando a. lo largo de ese tiempo con la finalidad de diseñar un
marco que se adapte a esos nuevos tiempos.
Tras una dilatada actividad, que se ha visto acompañada de una extensa
lista de comparecientes ante la Comisión de Desarrollo Estatutario del
Parlamento de Andalucía, la Ponencia concluyó un primer informe en abril
de 2005, y recientemente ha aprobado su informe el 30 de enero de 2006.
La culminación de estos trabajos se concreta en la Proposición
7-06/PPPL-000001, de reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía, que
ha conocido el Consejo de Gobierno en cumplimiento del trámite establecido
en el artículo 124.2 puesto en relación con el 128, ambos del Reglamento
del Parlamento de Andalucía.
Esta Proposición incorpora en la parte programática nuevos objetivos de
singular relevancia social que incide de modo claro en materia de
transversalidad de género; el aprovechamiento y la potenciación de los
recursos naturales y económicos de Andalucía bajo el principio de
sostenibilidad; la convergencia con el resto del Estado y de la Unión
Europea, la incorporación a la sociedad del conocimiento; las medidas de
acción positiva para evitar cualquier suerte de discriminación; la
cohesión social, promoviendo un eficaz sistema de bienestar público, con
especial atención a las personas y colectivos más desfavorecidos; una
especial atención al hecho de la inmigración en Andalucía y a las minorías
existentes en la Comunidad; una mayor calidad en nuestro sistema
democrático afianzando la participación individual y asociada en los
ámbitos cívico, social, cultural, económico y político, en aras de una
democracia social avanzada; y finalmente una especial atención a la
cooperación internacional con el objetivo de contribuir al desarrollo
solidario de los pueblos.
Igualmente acoge en un nuevo Título nuevos derechos sociales que dan
respuesta a las exigencias actuales de bienestar y progreso, destacando
una especial atención a derechos tan singulares y tan actuales como el de
los sectores más desprotegidos: menores, mujeres, mayores, la familia,
personas con discapacidad o dependencia; violencia de género, la efectiva
igualdad real entre hombres y mujeres, o el derecho al medio ambiente.
Especial atención merece la configuración de un nuevo título que regula en
concreto la Organización Territorial de la Comunidad Autónoma, no como
parte del título Preliminar en la que estaba regulado en el Estatuto a
modificar, sino dándole el lugar que merece conformando un Título propio.
En este Título se sitúa en primer plano a los municipios, como entidad
territorial básica de la Comunidad, y se regula la forma de llevar a cabo
la delegación de competencias hacia ellos por parte de la Comunidad
Autónoma.
El texto incide en construir una democracia avanzada y de calidad,
haciendo efectivo el derecho de participación en los asuntos públicos, y
fomentando para su consecución el uso de las tecnologías de la información
y la comunicación.
La reforma prevé igualmente que la política económica descanse sobre los
principios de desarrollo sostenible, el pleno empleo, la calidad en el
trabajo y la igualdad en el acceso al mismo, la cohesión social y la
creación y redistribución de la riqueza, subordinándose en todo caso la
riqueza de la Comunidad Autónoma al interés general. Una reforma, por otra
parte, que plantea aumentar nuestra autonomía y suficiencia financiera en
un marco de solidaridad, que crea un espacio fiscal propio y prevé la
creación asimismo de una Agencia Tributaria a la que se encomendará la
aplicación de los tributos propios de la Comunidad y de las funciones de
gestión, inspección y recaudación que le corresponda sobre los tributos
cedidos, así como un consorcio con la Administración Tributaria del Estado
para la gestión compartida de los impuestos gestionados por ésta, cuando
así lo exija la naturaleza del tributo.
Las relaciones externas de la Comunidad Autónoma descansan bajo los
principios de colaboración, cooperación, lealtad institucional y mutuo
auxilio, y se crea un órgano bilateral que constituye el marco general y
de permanente relación entre Andalucía y el Estado, a la vez que se
establece la posibilidad de que se creen bilateralmente instrumentos de
colaboración adecuados al cumplimiento de objetivos de interés común.
Por su parte, y en lo que se refiere al marco europeo, es especialmente
significativa la actuación de la Comunidad Autónoma al participar
activamente en la conformación de la voluntad del Estado ante las
instituciones de la Unión Europea, e igualmente señalada es la
representación de la Comunidad Autónoma en las instituciones de la Unión
Europea, lo que posibilitará estar presentes allí donde se adoptan
decisiones que incidan de modo directo en nuestras competencias.
Con un Título propio dedicado a medio ambiente, el nuevo Estatuto realiza
un mandato a los poderes públicos a orientar sus políticas siempre bajo el
prisma de la protección del medio ambiente, promoviendo a su vez el
desarrollo sostenible y un uso racional de los recursos naturales, y
estableciendo que el impulso de las políticas dispongan de instrumentos
adecuados para compatibilizar la actividad económica con la óptima calidad
ambiental.
Con la reforma se moderniza, en suma, el principal instrumento
político-jurídico de la sociedad andaluza para hacerlo más útil, más
eficaz y más cercano a todos los ciudadanos.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.2 puesto
en relación con el artículo 128, ambos del Reglamento del Parlamento de
Andalucía, a propuesta de la Consejería de la Presidencia, y previa
deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 9 de febrero
de 2006
ACUERDA
Primero. Manifestar el criterio favorable a la toma en consideración de la
Proposición n° 7-06/PPPL-000001 de reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
Segundo. Dar traslado de este Acuerdo al Parlamento de Andalucía."
Y para que así conste y surta los oportunos efectos, firma la presente
certificación en Sevilla, a nueve de febrero de 2006.
El Viceconsejero de la Presidencia y Secretario de Actas
del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía,
Juan Antonio Cortecero Montijano.