El Pleno aprueba dos proposiciones no de ley sobre igualdad salarial y laboral entre hombres y mujeres

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El Pleno, en una de las votaciones de la jornada

También resultó aprobada parcialmente una moción sobre equidad y participación en educación y una proposición no de ley sobre tarifa plana para autónomos

Fecha
07/03/2018
  • El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy dos proposiciones no de ley, de los grupos parlamentarios Podemos y Socialista, relativas a igualdad retributiva entre hombres y mujeres y al 8 de marzo por la igualdad laboral y salarial de las mujeres, respectivamente, que fueron debatidas de forma conjunta. La iniciativa del Grupo Socialista, aprobada por unanimidad, pide al Consejo de Gobierno que inste Gobierno de la nación a la aprobación de una ley de igualdad laboral y una ley de igualdad en materia retributiva, para erradicar y eliminar cualquier discriminación de género entre mujeres y hombres. La del Grupo Podemos, que contó con apoyos de todos los grupos en varios de sus puntos, solicita entre otros aspectos destinar más recursos en Inspección del Trabajo y Seguridad Social para detectar y sancionar discriminaciones directas e indirectas salariales por razón de sexo y equiparar los permisos de paternidad y maternidad, siendo además intransferibles y cien por cien remunerados, con el respectivo calendario de implementación.
  • También se ha aprobado una proposición no de ley del Grupo Ciudadanos en la que se insta al Gobierno de la Junta de Andalucía implementar medidas dirigidas a facilitar el emprendimiento y el mantenimiento de la actividad de los trabajadores autónomos, entre ellas la ampliación de la tarifa plana nacional de autónomos. Una proposición del Grupo Popular sobre el mismo asunto resultó rechazada.
  • Por último, el Pleno votó una moción del Grupo Podemos relativa a participación y equidad en la educación, de la que se aprobaron varios de sus puntos, entre ellos instar a la Junta de Andalucía a establecer una ratio de cinco alumnos o alumnas con necesidades educativas especiales por cada monitor o monitora en el comedor escolar; establecer una ratio de 6 alumnos o alumnas por cada monitor o monitora de educación especial en los centros educativos que escolaricen alumnado cuya modalidad de escolarización sea A y/o B, cuando dicha necesidad se recoja en su dictamen de escolarización o dotar siempre con, como mínimo, un monitor o monitora de educación especial las aulas específicas de educación especial.

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