Mandato Periodo conferido a los diputados tras las elecciones. El mandato es de cuatro años, salvo si se produce la disolución previa del Parlamento.
Mayoría absoluta Mayoría que requiere el voto favorable de la mitad más uno de los diputados que componen la Cámara.
Mayoría cualificada Mayoría que requiere un número de votos afirmativos igual o superior a la fracción de miembros de pleno derecho del Parlamento que en cada caso se precise por el Reglamento o por las leyes, siempre que sea superior a la mayoría absoluta. Por lo general suele exigirse la mayoría cualificada de dos tercios o tres quintos.
Mayoría simple Mayoría que requiere un número de votos afirmativos superior al número de votos negativos, sin contar las abstenciones, los votos en blanco y los nulos.
Mesa de edad Órgano creado en la sesión constitutiva presidida por el diputado o diputada de mayor edad, que actúa asistido, como secretarios, por los dos diputados de menor edad para dirigir el debate hasta la designación del Presidente o Presidenta del Parlamento y de los demás miembros de la Mesa de la Cámara.
Mesa de la Cámara Órgano rector de la Cámara que ostenta la representación colegiada de la misma, compuesta por el Presidente o Presidenta, tres vicepresidentes y tres secretarios, designados en la sesión constitutiva del Parlamento. Para la actual legislatura la Mesa contará también con un vocal o una vocal, que, con voz pero sin voto, tendrá derecho de asistencia y opinión en las reuniones de la Mesa.
Mesa de la Diputación Permanente Órgano rector en el que se constituye la Mesa de la Cámara cuando el Parlamento no esté reunido por vacaciones o por haber expirado el mandato parlamentario y hasta que se constituya el nuevo Parlamento.
Mesa de las Comisiones Órgano rector de las Comisiones a las que representa colegiadamente, designado en la sesión constitutiva de cada Comisión. La Mesa está conformada por un presidente o presidenta, un vicepresidente o vicepresidenta y un secretario o secretaria, designados todos ellos de entre sus miembros.
Moción Iniciativa de orientación política formulada como consecuencia de una interpelación y que ha de ser congruente con el objeto de esta.
Moción de censura Mecanismo parlamentario de exigencia de responsabilidad política del Presidente o Presidenta de la Junta. Debe ser propuesta, al menos, por una cuarta parte de los diputados e incluir un candidato o candidata a la Presidencia de la Junta que haya aceptado la candidatura. Si la moción es aprobada por mayoría absoluta de los miembros del Parlamento, el Presidente o Presidenta de la Junta está obligado a dimitir y es sustituido por el candidato o candidata incluido en la moción.