Glosario de términos del Parlamento de Andalucía


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E


Elector o electora
Persona que tiene derecho a votar. A las elecciones al Parlamento pueden votar todos los ciudadanos que tengan la condición política de andaluz o andaluza y sean mayores de dieciocho años.

Enmienda de totalidad
Propuesta de reforma del texto de un proyecto o proposición de ley, presentada por un grupo parlamentario, que versa sobre la oportunidad, los principios o el espíritu del mismo. Puede ser de devolución al Gobierno (únicamente en el caso de los proyectos de ley) o de propuesta de un nuevo texto alternativo. 

Enmienda parcial
Propuesta de reforma de parte del texto de una iniciativa legislativa o no legislativa presentada por los grupos parlamentarios o por los diputados consistente en su modificación, adición o supresión.

Escaño
Puesto que corresponde a quienes resultaron elegidos tras las elecciones para formar parte del Parlamento. Hay tantos escaños como número de diputados, y conforman la Cámara con arreglo a la fórmula establecida en el Estatuto de Autonomía para Andalucía. También se alude con este término al espacio o lugar reservado a los diputados en el hemiciclo y en las salas de las comisiones. Los escaños solo pueden ser ocupados por los diputados.

Estatuto de Autonomía
Norma institucional básica mediante la cual la Comunidad Autónoma de Andalucía accedió a su autogobierno.

Estatuto de Régimen y Gobierno Interior
Norma aprobada por el Parlamento que expresa su autonomía administrativa. Básicamente contiene la distribución del personal que conforma la Administración parlamentaria en los distintos departamentos o servicios, así como los órganos rectores competentes en esta materia.

Expiración del mandato
Caducidad del mandato por el transcurso del plazo de cuatro años previsto por el Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Explicación del voto
Con posterioridad a la realización de una votación, los grupos parlamentarios pueden explicar por qué han votado «sí», «no» o «abstención» en el asunto o materia que se debate.

Exposición de motivos
Parte inicial de un texto legislativo, que precede al articulado, en la que se justifica la razón de la iniciativa legislativa, los antecedentes, la sistemática del texto que se presenta y las novedades que respecto al ordenamiento previo introduce. Esta parte de la ley no tiene eficacia jurídica, ni es obligatoria, pero constituye un importante referente para interpretar el sentido de la ley. Aprobada la ley, se incorpora a la misma como preámbulo.

Expulsión
Sanción impuesta a un diputado o diputada por la que se le obliga a abandonar la sala en la que se está celebrando la sesión.