Las funciones del Parlamento de Andalucía

 

El Parlamento de Andalucía representa al pueblo andaluz. Sus 109 miembros son elegidos por sufragio universal, igual, libre, directo y secreto mediante un sistema electoral proporcional corregido territorialmente de forma que ninguna provincia tenga más del doble de diputados que otra.

La Comunidad Autónoma de Andalucía se configura como un sistema parlamentario de gobierno, por lo que el Parlamento es el centro de las decisiones políticas fundamentales, de las que la primera es la elección del presidente o presidenta del Gobierno, que lo es también de la Comunidad. De esta forma, el Poder Ejecutivo ha de contar con la confianza de la Cámara, que ejerce, en consecuencia, una permanente tarea de control, que puede llegar incluso a la destitución del presidente o presidenta mediante una moción de censura.

Por otra parte, corresponde al Parlamento el ejercicio de la potestad legislativa, a través de la cual se hace efectiva su autonomía política, por cuanto sus leyes no se encuentran sujetas más que a la Constitución y al Estatuto de Autonomía.

Como en todas las democracias modernas, la actividad del Parlamento de Andalucía no se entendería sin tener en cuenta el protagonismo que corresponde a los partidos políticos, los cuales, a través de los grupos parlamentarios, orientan y dirigen la actuación de los diputados que comparten una misma ideología política.

El Parlamento ejerce la potestad legislativa, impulsa y controla la acción del Consejo de Gobierno, aprueba los presupuestos de la Comunidad y realiza aquellas otras funciones que se establecen en el Estatuto de Autonomía y sus leyes.

 

Al igual que sucede en el Estado y en las demás comunidades autónomas, el Estatuto de Autonomía para Andalucía establece un sistema parlamentario de gobierno. Ello significa que el Poder Ejecutivo ha de contar permanentemente con la confianza del Parlamento. Esta dependencia se manifiesta a través de diversos instrumentos:

  • La investidura es el acto por el que el Parlamento designa al presidente o presidenta de la Junta sobre la base de un programa de gobierno que el candidato o candidata presenta ante los diputados. Para ello se requiere el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros de la Cámara en primera votación, o de la mayoría simple en segunda votación.

  • La moción de censura permite exigir la responsabilidad política del presidente o presidenta de la Junta. Debe ser propuesta, al menos, por una cuarta parte de los diputados e incluir un candidato o candidata a la Presidencia de la Junta que haya aceptado la candidatura. Si la moción es aprobada por mayoría absoluta de los miembros del Parlamento, el presidente o presidenta está obligado a dimitir y es sustituido por el candidato o candidata incluido en la moción.

  • La cuestión de confianza posibilita al presidente o presidenta de la Junta someter un programa o una declaración de política general al Parlamento. La confianza se entiende otorgada al obtener el voto favorable de la mayoría simple de los diputados. Si el Parlamento niega su confianza, el presidente o presidenta de la Junta debe presentar su dimisión.

 

El Parlamento de Andalucía ejerce la potestad legislativa en aquellas materias propias establecidas en el Estatuto de Autonomía. Así, además de legislar en la organización y estructura de sus instituciones de autogobierno, asume tres funciones de contenido eminentemente económico, que son la aprobación de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma y de los planes económicos, junto a la potestad de establecer y exigir tributos.

Por otra parte, hay determinadas materias respecto a las cuales la competencia está compartida entre el Estado y la Comunidad Autónoma, además de que el Parlamento podrá desarrollar las bases o principios contenidos en una ley de las Cortes Generales respetando los mínimos establecidos para todo el Estado.

Una excepción al carácter excluyente de la función legislativa del Parlamento lo constituyen los decretos legislativos y decretos leyes, mediante los cuales el Gobierno puede dictar normas con fuerza de ley, si bien la Cámara mantiene el control sobre ellos para que el Gobierno no se extralimite en esta potestad que el Estatuto le otorga.

El Parlamento puede también ejercer la iniciativa legislativa solicitando del Gobierno la adopción de un proyecto de ley o presentando una proposición de ley ante el Congreso de los Diputados, y está legitimado para interponer el recurso de inconstitucionalidad.»

Corresponde también al Parlamento ejercer un control continuado sobre la acción del Gobierno. Para ello cuenta con los siguientes instrumentos:

  • Las preguntas. Son dirigidas al Gobierno sobre actuaciones concretas. Pueden requerir una respuesta escrita u oral, en cuyo caso su debate puede realizarse tanto en pleno como en comisión. Especial importancia tienen las preguntas que los portavoces de los grupos parlamentarios pueden dirigir al presidente o presidenta de la Junta de Andalucía sobre asuntos de interés general para la Comunidad Autónoma.

  • Las interpelaciones. Deben referirse a cuestiones de política general. Su debate puede dar lugar a una moción.

  • Las solicitudes de información. Permiten a los diputados recabar de las administraciones de la Junta de Andalucía datos, informes o documentos administrativos.

  • Las solicitudes de comparecencia. A través de ellas los grupos parlamentarios pueden pedir la presencia de los miembros del Consejo de Gobierno para celebrar una sesión informativa sobre un asunto determinado. El Gobierno puede solicitar también comparecer con la misma finalidad.

 

El Parlamento puede manifestar su posición en relación a asuntos de interés, impulsando de esta forma la acción del Gobierno. Para ello cuenta con los siguientes instrumentos:

  • Resoluciones. Suelen adoptarse tras un debate de política general o sobre asuntos de interés general.

  • Mociones. Derivan siempre de una interpelación.

  • Proposiciones no de ley. No derivan de ningún debate previo y pueden versar sobre cualquier asunto o materia.