Consejo Provincial del Voluntariado de Granada
Descripción
Los Consejos Provinciales del Voluntariado, son el máximo órgano de participación del Voluntariado en la provincia y ejercerán las funciones de coordinación, promoción, seguimiento y análisis de las actividades de voluntariado que se realicen en sus respectivos ámbitos territoriales.
Número de miembros designados por el Parlamento de Andalucía
Artículo 11.1. g) del Decreto 279/2002.
Dos vocales, en representación de los partidos políticos con representación parlamentaria, a propuesta de la Mesa del Parlamento de Andalucía.
Mandato
Artículo 11.4 del Decreto 279/2002.
Los vocales del Consejo Provincial del Voluntariado serán nombrados por un período de cuatro años, salvo aquellos que lo sean en razón del cargo, pudiendo ser reelegibles.
Descripcion | Tipo | Fecha de incorporación | Enlace |
---|---|---|---|
Decreto 279/2002, de 12 de noviembre, regula la organización y funcionamiento de los Consejos del Voluntariado en Andalucía | DOCUMENTO | 23/10/2018 | Ver documento |