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Secretaría General
El letrado o letrada mayor, bajo la dirección del presidente o presidenta y de la Mesa del Parlamento, tiene a su cargo la Secretaría General, que constituye la Administración parlamentaria.
El nombramiento del letrado o letrada mayor se efectuará, entre los funcionarios del cuerpo de letrados del Parlamento, al comienzo de cada legislatura o como consecuencia de los supuestos previstos en el artículo 10 del Estatuto de Gobierno y Régimen Interior del Parlamento de Andalucía, por acuerdo de la Mesa del Parlamento y a propuesta de su presidente o presidenta. El letrado o letrada mayor podrá ser reelegido.
El letrado o letrada mayor cesará de su cargo por pérdida de la condición de letrado del Parlamento, por renuncia, por pasar a situación distinta de la de funcionario o funcionaria en servicio activo, por imposibilidad en el ejercicio de su cargo o por decisión del órgano que lo nombró.
Funciones
- La asistencia técnica y el asesoramiento a la Mesa y al presidente o presidenta del Parlamento en el ejercicio de sus funciones, así como a las comisiones a las que asista.
- La redacción, con la supervisión y autorización de uno de los secretarios y el visto bueno del presidente o presidenta, de las actas de las sesiones plenarias, de la Mesa y de la Junta de Portavoces.
- La expedición, con la supervisión y autorización de uno de los secretarios y el visto bueno del presidente o presidenta, de las certificaciones de los acuerdos adoptados y de la documentación de los distintos órganos del Parlamento.
- La autorización de las acreditaciones de los parlamentarios, así como de los funcionarios y resto del personal al servicio del Parlamento.
- La ejecución de los acuerdos de la Mesa y de las instrucciones del presidente o presidenta.
- La coordinación, bajo las directrices del presidente o presidenta de la Cámara y de las mesas de las distintas comisiones, de la actividad parlamentaria reglamentariamente establecida.
- La asistencia a la Presidencia en la ejecución de los acuerdos y resoluciones de los órganos de la Cámara.
- La remisión al servicio correspondiente de cuantos textos y documentos deban publicarse en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía, así como de su orden de publicación, sin perjuicio de las competencias de la Presidencia de la Cámara.
- La superior inspección del funcionamiento de los servicios del Parlamento y el ejercicio de las medidas disciplinarias que, por el presente estatuto, le correspondan.
- Cualesquiera otras funciones que la Mesa y su presidente o presidenta le asignen y las demás que tuviera atribuidas por el Reglamento del Parlamento de Andalucía, por el presente Estatuto o por la restante normativa en vigor.
La Secretaría General tiene la siguiente estructura orgánica:
- Secretaría General Adjunta
- Intervención General
- Servicios Jurídicos
Órganos dependientes de Secretaría General
Sin perjuicio de las competencias asignadas en materia de personal y servicios, dependen directamente de la Secretaría General la Oficina de Transparencia y Atención a los Diputados, la Oficina de Registro y la Oficina de Control Presupuestario.
Oficina de Transparencia y Atención a los Diputados
Son funciones de la Oficina de Transparencia y Atención a los Diputados:
- Asistencia y apoyo a la Secretaría General en las actividades atinentes a las relaciones de los diputados con los servicios de la Cámara.
- Todas aquellas que prevea la normativa estatal y autonómica de transparencia que sea aplicable al Parlamento de Andalucía, así como las que prevean los acuerdos de la Mesa del Parlamento de Andalucía en esta materia, y que sean adecuadas para su ejercicio por una unidad específica de transparencia.
- Respuesta a las solicitudes presentadas en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, conforme a lo previsto en la normativa del Parlamento de Andalucía y en la normativa estatal y autonómica, en lo que resulte aplicable al Parlamento de Andalucía.
Oficina de Registro
La presentación de documentos en la Oficina de Registro y en la Sede Electrónica del Registro se efectuará conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Cámara, en las normas de administración electrónica en el Parlamento de Andalucía y en los acuerdos de la Mesa del Parlamento que desarrollen dicha normativa.
Oficina de Control Presupuestario
Son funciones de la Oficina de Control Presupuestario:
- Asesoramiento técnico a los órganos de la Cámara en materias presupuestarias.
- Información a los grupos parlamentarios y a los miembros de la Comisión de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, o de la que ejerza sus funciones en dichas materias, sobre la documentación que se reciba en la Comisión acerca de la aprobación y ejecución del presupuesto, el nivel de ejecución de las inversiones y la aplicación y ejecución de los fondos europeos desagregados al máximo posible, especialmente en lo que se refiere a las inversiones. De igual modo, deberá informar sobre aquellos aspectos de la actividad parlamentaria que tengan repercusión en los ingresos y gastos públicos.
- Asistencia al Servicio de Gestión Parlamentaria en la tramitación del Proyecto de Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Datos de contacto
Letrado mayor/secretario general: Manuel Carrasco Durán
Teléfono: 954 592 100 exts. 2299/2300