Consejo Provincial del Voluntariado de Almería

Descripción

Los Consejos Provinciales del Voluntariado, son el máximo órgano de participación del Voluntariado en la provincia y ejercerán las funciones de coordinación, promoción, seguimiento y análisis de las actividades de voluntariado que se realicen en sus respectivos ámbitos territoriales.

Número de miembros designados por el Parlamento de Andalucía

Artículo 11.1. g) del Decreto 279/2002.

Dos vocales, en representación de los partidos políticos con representación parlamentaria, a propuesta de la Mesa del Parlamento de Andalucía.

Mandato

Artículo 11.4 del Decreto 279/2002.

Los vocales del Consejo Provincial del Voluntariado serán nombrados por un período de cuatro años, salvo aquellos que lo sean en razón del cargo, pudiendo ser reelegibles.

Descripcion Tipo Fecha de incorporación Enlace
Decreto 279/2002, de 12 de noviembre, regula la organización y funcionamiento de los Consejos del Voluntariado en Andalucía DOCUMENTO 23/10/2018 Ver documento